Texto oficial
Artículo 10. La Municipalidad de Yungay deberá publicar en la primera quincena del mes de Enero de cada año en un diario o periódico de la cabecera de la provincia, el estado del servicio del o los empréstitos y de las inversiones hechas de acuerdo con el plan contemplado en el artículo 3.o de esta ley."