Texto oficial
Artículo 40.- Sin perjuicio de lo establecido en el
artículo 42, cualquier persona que tenga una invención,
pero que aún no pueda cumplir con todos los elementos de
una solicitud de patente para su presentación, de acuerdo a
lo establecido en el artículo 43, podrá presentar una
solicitud de patente provisional, que el Instituto
reconocerá por el término de doce meses, previo pago de la
tasa correspondiente.
La solicitud de patente provisional confiere a su
titular un derecho de prioridad por el plazo señalado en el
inciso anterior, contado desde su presentación. La
solicitud provisional no podrá reivindicar la prioridad de
una solicitud anterior.
La solicitud de patente provisional no requiere de la
presentación de reivindicaciones ni de las declaraciones a
que se refiere el artículo 44, sin perjuicio de lo que
establezca el reglamento.
Además, la solicitud de patente provisional deberá
venir acompañada de un documento en español o inglés que
describa la invención de manera suficientemente clara y
completa. En caso de ser necesario deberá acompañarse
también, al menos, un dibujo.
Antes de la expiración del plazo de doce meses contado
desde la fecha de presentación de la solicitud provisional,
el titular deberá solicitar la patente definitiva,
acompañando todos los documentos mencionados en los
artículos 43, 43 bis y 44, debidamente redactados en
español.
Si transcurrido el plazo señalado en el inciso
anterior, el titular de una patente provisional no hubiese
solicitado la patente definitiva, se tendrá por no
presentada.
La solicitud definitiva conservará la prioridad de la
solicitud provisional, siempre que su contenido no implique
una ampliación del campo de la invención de esta última o
de la divulgación contenida en la solicitud provisional. Si
la solicitud definitiva ampliare dicho campo, los contenidos
modificados tendrán para todos los efectos jurídicos la
fecha de presentación de la solicitud definitiva.
El plazo de vigencia de la solicitud de patente
definitiva presentada de acuerdo a los artículos
precedentes se contará desde la fecha de presentación de
la solicitud provisional de patente.