Texto oficial
Artículo 1.o Créase el departamento de Talcahuano, en
la provincia de Concepción.
Sus límites serán los siguientes:
Al Norte, el centro de la Boca Grande de la bahía de
Talcahuano, en el Océano Pacífico. Al Este, una línea
recta, desde el centro de la Boca Grande de la bahía de
Talcahuano, hasta la desembocadura del río Andalién; el
río Andalién, desde su desembocadura en el Océano
Pacífico hasta el puente del Ferrocarril de Concepción a
Penco; una línea recta, desde el puente del ferrocarril de
Concepción a Penco, sobre el río Andalién, hasta la
cumbre del cerro Verde, y el meridiano astronómico del
cerro Verde, desde la cumbre del cerro Verde hasta el río
Biobío. Al Sur, el río Biobío, desde el meridiano
astronómico del cerro Verde hasta su desembocadura en el
Océano Pacífico. Al Oeste, el Océano Pacífico, desde la
desembocadura del río Biobío hasta el centro de la Boca
Grande de la bahía de Talcahuano.
La isla de Quiriquina pertenece al departamento de
Talcahuano.
La cabecera del departamento de Talcahuano será la
ciudad de este nombre.