Texto oficial
Art. 4.o Esta la ley regirá desde el 1.o de enero de 1934.
Crea juzgado de letras de menor cuantia en comuna de san jose de la mariquina (departamento de valdivia), con jurisdiccion, tambien, en la de lanco; y le fija planta y sueldos.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25091 / 9042344.