Texto oficial
Artículo segundo transitorio.- En tanto no se realicen las modificaciones al Reglamento de la ley N° 20.063, serán aplicables sus normas vigentes en lo que resulte pertinente, pudiendo los decretos a que se refiere el artículo 2° establecer las normas reglamentarias complementarias que fueren necesarias de acuerdo con las modificaciones propuestas por la presente ley.".