Texto oficial
Art. 6.o El límite sur del departamento de Arauco, entre el río Curanilahue y la línea divisoria de aguas de la cordillera de Nahuelbuta, será el río Pilpilco, desde su confluencia con el río Curanilahue hasta su origen. El territorio situado al norte del río Pilpilco, se anexa a la comuna de Curanilahue.