Texto oficial
Artículo 1.o El impuesto de Timbres, Estampillas y Papel Sellado, se cobrará con arreglo a las disposiciones de la presente ley.
Fija el texto definitivo de la ley de impuesto sobre;timbres, estampillas y papel sellado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25110 / 9082391.