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Artículo UNICO de la Ley 5.541 · Suplementa las partidas que se indican del presupuesto de 1934 del ministerio del trabajo

Suplementa las partidas que se indican del presupuesto de 1934 del ministerio del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25140 / 5962067.

Texto oficial

Artículo 1.o Supleméntanse las siguientes partidas del presupuesto vigente del Ministerio del Trabajo en los rubros y por las cantidades que a continuación se indican: Item: 15-02-04: c) Viáticos_____________________________ $ 19,174.50 e) Arriendos____________________________ 62,534.18 f-1 Pasajes y fletes FF. CC._____________ 5,000.00 f-2 Pasajes y fletes empresas privadas___ 41,198.91 g) Materiales y artículos de consumo____ 4,452.87 i-2 Forrajes_____________________________ 1,287.00 i-3 Vestuario y equipo___________________ 88.00 j) Impresos, impresiones y publicaciones, etc.__________________ 9,326.20 k) Gastos generales_____________________ 51,609.12 l) Conservaciones y reparaciones________ 160.00 m) Mantenimiento de automóviles_________ 5,169.20 Item: 15-03-04: w) Adquisiciones________________________ 20,000.00 Item: 15-04-04: A personal a contrata________________ 16,114.91 v) Varios e imprevistos_________________ 13,385.04 El mayor gasto de $ 250,000, que representan los suplementos a que se refiere el presente artículo, se cubrirá con la entrada producida con motivo de la dictación de la ley N.o 5,416, de 19 de Febrero de 1934. Esta ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.