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Artículo UNICO de la Ley 14.303

Concede pension, por gracia, a doña blanca bahamonde viuda de candia y a su hija doña iris candia bahamonde

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 251481 / 6576530.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Blanca Bahamonde viuda de Candia y a su hija doña Iris Candia Bahamonde, una pensión de gracia de Eº 50 mensuales, con derecho de acrecer entre ellas. El gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.