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Artículo 23 del Decreto 95

Aprueba reglamento de la ley nº 18.928 sobre adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y servicios de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 251552 / 6944387.

Texto oficial

Artículo 23.- Plazos mínimos entre llamado y apertura de ofertas: Cuando el monto dé la contratación supere las 100 UTM y sea inferior a 1.000 UTM, el llamado deberá publicarse en el Sistema de Información con una antelación de a lo menos 5 días corridos anteriores a la fecha de la apertura de las ofertas. Cuando el monto de la contratación sea igual o superior a 1.000 UTM, el llamado deberá publicarse en el Sistema de Información con una antelación de a lo menos 10 días corridos anteriores a la fecha de la apertura de las ofertas. Lo anterior, es sin perjuicio de las normas que sobre el particular se establecen en los acuerdos comerciales suscritos por Chile y que se encuentren vigentes.