Texto oficial
Artículo 69.- Contenido:
Las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública confeccionarán un Plan Anual de Compras, con carácter referencial, conforme a lo dispuesto en la ley N° 19.886 y su Reglamento. Para su elaboración se deberá considerar el cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente, sobre manejo uso y tramitación de documentación.
Dicho plan se realizará por las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública conforme a sus normas y procedimientos internos pertinentes aplicables a la materia.