Texto oficial
Artículo 7.o El mayor gasto que importa esta ley se imputará durante el año 1935 a la diferencia a favor que resulta entre el Cálculo de Entradas y el Presupuesto de Gastos aprobado por el año indicado.
Crea en santiago el instituto comercial femenino; y crea y suprime los cargos que se indican, en el instituto superior de comercio
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