Texto oficial
Artículo 35.- La disposición de los bienes muebles
dados de baja se efectuará de conformidad a la ley sobre la
economía circular en la adquisición de bienes y servicios
de los organismos del Estado.
Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.695, orgánica constitucional de municipalidades
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