Saltar al contenido

Artículo 5 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.695, orgánica constitucional de municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 251693 / 9111482.

Texto oficial

Artículo 5º.- La ordenanza a que alude el artículo 93 y el reglamento señalado en el artículo 94 deberán dictarse dentro del plazo de 180 días siguientes a la fecha de publicación de la presente ley. Los consejos comunales de organizaciones de la sociedad civil deberán quedar instalados en el plazo de 60 días, contado desde la fecha de publicación del reglamento mencionado en el inciso precedente.