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Artículo 2 de la Ley 5.763

Suplementa los item que se indican, del presupuesto de educacion publica, correspondiente al presente año

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25185 · idParte: 5962343

Texto oficial

Artículo 2.o El mayor gasto que representan los suplementos a que se refiere el artículo precedente se cubrirá con la mayor entrada que se produzca en la Cuenta C-10 Arancel Aduanero.