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Artículo 2 de la Ley 5.770 · Suplementa el item 06|05|04 del presupuesto vigente

Suplementa el item 06|05|04 del presupuesto vigente

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25192 · idParte: 5962362

Texto oficial

Artículo 2.o El gasto de $ 135,000 que significa la aplicación de la presente ley se cubrirá con la mayor entrada que produzca la cuenta C-10 Arancel Aduanero.