Texto oficial
Artículos transitorios {ARTS. 1-FINAL} Artículo 1.o Deróganse, en lo que fueren contrarias a la presente Ley, todas las disposiciones que se refieran a las materias que en ella se tratan.
Rectificada dispone que el actual ministerio de salubridad se denominara "ministerio de salubridad, prevision y asistencia social"
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