Texto oficial
Art. 10.° Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
Autoriza al presidente de la república para invertir hasta la suma de $ 1.100,000 en la reconstrucción de los edificios de los servicios judiciales de la serena y a la instalación de esos servicios.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25217 / 8999139.