Texto oficial
Artículo 3.o Reeplázanse en la Ley N.o 5,078, de 4 de Marzo de 1932, las palabras que dicen: "Ministro de Bienestar Social", por las siguientes: "Ministro de Salubridad Pública".
Deroga el d.l. n.o 268, de 28 de julio de 1932 y modifica la ley n.o 5,078, de 4 de marzo de 1932
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25229 / 7170741.