Texto oficial
Art. 41. El reclutamiento y nombramiento del personal de tropa, de maestranzas y de parques, se hará de acuerdo con las prescripciones que contempla el Reglamento respectivo.
Reclutamiento, nombramiento y ascensos del personal de las instituciones armadas de defensa nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25238 / 9213582.