Texto oficial
"Artículo 1.o Divídese el departamento de Villarrica,
de la provincia de Cautín, en los departamentos de
Pitrufquén y Villarrica.
El departamento de Pitrufquén, con cabecera en la
ciudad de su nombre, comprenderá el territorio de las
comunas-subdelegaciones de Pitrufquén, Gorbea y Toltén y
el departamento de Villarrica, con cabecera en la ciudad de
Loncoche, comprenderá el territorio de las
comunas-subdelegaciones de Loncoche, Villarrica y Pucón.