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Artículo 6 de la Ley 5.963

Crea comuna subdelegacion de longavi, en el departamento de linares, y le fija sus limites.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25245 / 8856820.

Texto oficial

Artículo 6.o Esta Ley comenzará a regir desde el 1.o de Enero de 1937".