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Artículo 2 de la Ley 5.972 · Suplementa el presupuesto vigente de la camara de diputados

Suplementa el presupuesto vigente de la camara de diputados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25248 / 8278050.

Texto oficial

Artículo 2.o El gasto que demande esta Ley se deducirá de la mayor entrada producida en la Cuenta c-33 "Impuesto sobre Herencia y Donaciones", del Cálculo de Entradas para el año en curso.