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Artículo 2 de la Ley 5.978 · Aprueba presupuestos de entradas y gastos correspondientes al año 1937.

Aprueba presupuestos de entradas y gastos correspondientes al año 1937.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25252 / 8860887.

Texto oficial

Art1iculo 2.o Formará parte de las entradas ordinarias de 1937 la totalidad del superávit que arroje el balance del ejercicio presupuestario de 1936. En la Ley de Presupuesto de 1937 se disminuirá en el cálculo de entradas el rendimiento previsto para la cuenta C-10 "Derechos de Importación", calculado en $ 620.000,000, en una suma igual al exceso del superávit de 1936 sobre lo previsto para el financiamiento del Presupuesto para 1937.