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Artículo 11 de la Ley 5.983

Autoriza a la municipalidad de la serena para contratar un emprestito por la suma de tres millones de pesos, destinados a la construccion de habitaciones para obreros y empleados particulares, dentro del radio urbano de la ciudad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25255 / 9950015.

Texto oficial

Artículo 11. Los inmuebles a que se refiere la presente ley podrán ser enajenados a sus ocupantes directamente por la Municipalidad de la Serena, en la forma y condiciones establecidas en el decreto con fuerza de Ley N.o 33 de 12 de Marzo de 1931.