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Artículo UNICO de la Ley 14.312

Concede, por gracia, el derecho a jubilar en las condiciones que señala a don nicolas fuenzalida valdivia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 252553 / 6580456.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, al ex regidor y ex alcalde de la comuna de Conchalí, don Nicolás Fuenzalida Valdivia, el derecho a jubilar de acuerdo con lo dispuesto en la ley N.o 12,566, que modificó la ley N.o 11,745, de fecha 24 de Noviembre de 1954. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.