Texto oficial
Artículo único. Auméntase, por gracia, la pensión que percibe don Julio Arriagada Fernández, a Eº 50 mensuales.
El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Aumenta, por gracia, la pension de don julio arriagada fernandez
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