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Artículo UNICO de la Ley 14.339

Concede, por gracia, al señor octavio gomez sierpe, el derecho a acogerse a los beneficios que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 252556 / 6580465.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, al señor Octavio Gómez Sierpe, Subdelegado Marítimo de 1a. clase, en retiro, el derecho a acogerse a los beneficios otorgados por el artículo 21 del decreto con fuerza de ley N.o 209, de 1953, con el objeto de que reliquide la pensión de que actualmente disfruta de acuerdo a los preceptos de dicha disposición legal. El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.