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Artículo 1 de la Ley 6.002 · Modifica la ley n.o 5,434, sobre timbres, estampillas y papel sellado

Modifica la ley n.o 5,434, sobre timbres, estampillas y papel sellado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25262 · idParte: 7170753

Texto oficial

"Artículo 1.o Agréganse los siguientes incisos a las disposiciones que se indican de la ley número 5,434, publicada en el Diario Oficial del 13 de Junio de 1934: a) A continuación del inciso 2.o del N.o 134 del artículo 7.o: "Tampoco pagarán este impuesto las naves que hagan el servicio de navegación regional de Chiloé y Aysén"; b) Al N.o 160 del mismo artículo: "No pagarán este impuesto las naves que hagan el servicio de navegación de Chiloé y Aysén".