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Artículo 7 de la Ley 6.037 · Crea la caja de la marina mercante nacional

Crea la caja de la marina mercante nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25273 / 7170867.

Texto oficial

Art. 7.o El Consejo elegirá de su seno, por mayoría de votos, su Presidente. Presidirá las sesiones de este Consejo, en caso que concurra, el Ministro del ramo.