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Artículo 10 de la Ley 13.011 · Crea una institucion con personalidad juridica denominada colegio de contadores

Crea una institucion con personalidad juridica denominada colegio de contadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 252733 / 7332018.

Texto oficial

Artículo 10. El Consejo General, en su primera reunión, elegirá de entre sus miembros un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y un Tesorero.