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Artículo 39 del Decreto Con Fuerza de Ley 34

Decreto con fuerza de ley n.º 34

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 252888 / 9067682.

Texto oficial

Art. 39. Los gastos que demanden los servicios contemplados en el presente decreto, serán consultados anualmente en los Presupuestos Generales de la Nación.