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Artículo 1 de la Ley 6.130 · Agrega al d. f. l. n.o 178, de 13 de mayo de 1931, el inciso que se indica

Agrega al d. f. l. n.o 178, de 13 de mayo de 1931, el inciso que se indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25292 · idParte: 5962741

Texto oficial

"Artículo 1.o Agrégase al final del artículo 150 del Decreto con Fuerza de Ley N.o 178, de 13 de Mayo de 1931, el siguiente inciso: "Respecto de los empleadores exceptuado del impuesto a la renta, la Dirección General de Impuestos Internos practicará también la liquidación de que trata este artículo, con sujeción a las reglas en él establecidas, para los fines de los artículos 146 y 402".