Texto oficial
1.- Suprímese en la Planta de la Subsecretaría el
cargo de Auxiliar; Nivel II; grado 23º de la Escala
Unica de Sueldos, servido por don Florindo Antonio
Azagra Maldonado.
2.- La persona cuyo cargo se suprime por el
artículo precedente de no cumplir con los requisitos para acogerse a jubilación, tendrá derecho a la indemnización a que se refiere la letra e) del artículo 29º del decreto ley Nº 2.879, de 1979.
3.- La supresión dispuesta en el presente decreto, se hará efectiva a contar de la fecha de su publicación.