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Artículo 2 de la Ley 6.177 · Complementa el d. f. l. n.o 178, de 1931- código del trabajo

Complementa el d. f. l. n.o 178, de 1931- código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25310 · idParte: 5962783

Texto oficial

Artículo 2.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.