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Ley 6.177 · Complementa el d. f. l. n.o 178, de 1931- código del trabajo
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Artículo 2
Artículo 2 de la Ley 6.177 · Complementa el d. f. l. n.o 178, de 1931- código del trabajo
Complementa el d. f. l. n.o 178, de 1931- código del trabajo
Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
1938-02-05
Ver en BCN
Pregúntale a Vigencia sobre esta norma
Identificadores oficiales
idNorma: 25310 · idParte: 5962783
Índice de Ley 6.177 · Complementa el d. f. l. n.o 178, de 1931- código del trabajo
Índice de normas
Texto oficial
Artículo 2.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.