Texto oficial
Art. 7.o Intercálanse en la parte inicial del artículo 30, después de la palabra: "licores" las siguientes: "aguardientes no aromatizados y piscos".
Modifica la ley n.o 5,231, de 9 de septiembre de 1933, sobre alcoholes y bebidas alcoholicas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25311 / 8829692.