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Artículo 192 de la Ley 12.891 · Fija el texto refundido de la ley general de elecciones

Fija el texto refundido de la ley general de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 253140 · idParte: 9005484

Texto oficial

Artículo 192. La sobreviniencia de algunas de las inhabilidades contempladas en los números 2.o, 3.o y 4.o y en la primera parte del número 1.o del artículo anterior, pondrá término a las funciones de Regidor. La sobreviniencia de la inhabilidad contemplada en la segunda parte del número 1.o del mismo artículo producirá la suspensión de las funciones del Regidor afectado, las que éste podrá reasumir cuando obtenga sentencia absolutoria o sobreseimiento definitivo.