Saltar al contenido

Artículo 6 de la Ley 6.196

Crea la comuna subdelegacion de andacollo, en el departamento de coquimbo; le fija sus limites, y declara zona seca su territorio.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25315 / 9042576.

Texto oficial

Artículo 6.o Extiéndese a las disposiciones de la presente ley la autorización concedida al Presidente de la República por el artículo 2.o de la ley N.o 4,544, de 25 de Enero de 1929.