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Artículo 2 de la Ley 6.199

Autoriza a la municipalidad de la serena para que emita bonos hasta por la suma suficiente para producir tres millones de pesos, que se invertiran en la forma que se indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25316 / 9965658.

Texto oficial

Artículo 2.o El producto de la venta de los bonos se invertirá en las siguientes obras: 1.o Reconstrucción del Mercado, dos millones de pesos; 2.o Reconstrucción del Edificio Municipal, un millón de pesos. El sobrante que quede de la inversión de este empréstito se destinará a la construcción de habitaciones para los obreros de la Municipalidad de La Serena, de acuerdo con la Ley 5,950, sobre Caja de la Habitación Popular.