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Artículo TRANSITORIO de la Ley 13.913 · Modifica la ley numero 12,891, de 28 de junio de 1958

Modifica la ley numero 12,891, de 28 de junio de 1958

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 253206 / 8374421.

Texto oficial

Artículo transitorio. Las cuestiones electorales acerca de la validez de los pactos sobre combinaciones de listas a que se refiere el artículo 18.o de la Ley General de Elecciones y cualesquiera otras que suscite la aplicación de dicha ley, en relación y con la próxima elección de Regidores, se resolverán en conformidad a su texto anterior, con prescindencia absoluta de las disposiciones de la presente ley. El Tribunal Calificador de Elecciones queda investido, desde la fecha de la promulgación de esta ley, de la facultad contemplada en el artículo 11 bis que agrega la letra a) del artículo único que precede."