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Artículo 2 transitorio de la Ley 6.334 · Crea las corporaciones de reconstruccion y auxilio y de fomento a la produccion.

Crea las corporaciones de reconstruccion y auxilio y de fomento a la produccion.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25337 / 7171080.

Texto oficial

Art. 2° Facúltase al Presidente de la República para refundir en un texto definitivo la ley 5,169, con las modificaciones que haya experimentado, y para dar al texto así refundido el número correspodiente a una ley de la República.