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Artículo UNICO del Decreto Ley 230

Decreto-lei

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 253443 · idParte: 6583380

Texto oficial

Artículo único.- Prorrógase hasta el dia 28 de setiembre del año en curso el plazo para la construccion de las instalaciones domiciliarias a que se refiere el artículo 10.o de la lei 3,849 de febrero de 1922, en los inmuebles del puerto de Arica que aun no han cumplido con dicha disposición.