Texto oficial
Artículo 12. La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Autoriza a particulares para proyectar o ejecutar en las condiciones que señala instalaciones domiciliarias de alcantarillado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 253452 / 8374459.