Texto oficial
Artículo 21.- Corresponderá al Ministerio de Salud establecer, mediante reglamento, las normas que complementen o desarrollen los contenidos de esta ley.
Sobre la investigacion cientifica en el ser humano, su genoma, y prohibe la clonacion humana
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 253478 / 8654352.