Texto oficial
Art. 30. Las personas naturales sujetas al impuesto de esta categoría podrán deducir de su renta imponible la suma de 2.400 pesos al año.
Fija el texto de la ley sobre impuesto a la renta
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25351 / 8856868.