Texto oficial
Artículo único. El plazo a que se refiere el inciso 1.o del artículo 3.o de la ley número 6,402, de 31 de Agosto próximo pasado, comenzará a regir desde el 15 de Enero de 1940 y podrá ser prorrogado por treinta días.
Modifica la ley n.o 6,402, que crea la comuna-subdelegacion de purranque
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25362 / 8278162.