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Artículo 86 de la Ley 6.834 · Texto definitivo de la ley general de elecciones

Texto definitivo de la ley general de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25404 / 9103865.

Texto oficial

Artículo 86. Se formará en seguida, un estado de los cierros de cartas, anotándose los usados, inutilizados y sobrantes, para dejar testimonio en el acta. Los cierros de cartas inutilizados y sobrantes, se pondrán dentro del paquete de que trata el artículo 88.