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Artículo 4 de la Ley 6.922 · Aumenta la dieta parlamentaria

Aumenta la dieta parlamentaria

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25414 / 8278263.

Texto oficial

Artículo 4.o La dieta parlamentaria es inembargable; salvo en el caso de responder al pago de pensiones alimenticias, para cuyo efecto podrá ser embargada hasta en un 50 por ciento.