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Artículo UNICO de la Ley 7.009

Modifica la ley n.o 6,270, sobre normas para la jubilacion de los empleados del congreso nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25427 / 8278268.

Texto oficial

Artículo único. Reemplázase, en el inciso primero del artículo 3.o de la ley número 6,270, de 13 de Octubre de 1938, la frase "___y desempeñado éste por un año", por esta otra: "___ y desempeñado este cargo inferior por un año".