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Artículo 1 transitorio de la Ley 7.124

Incorpora a los abogados a los beneficios de la caja nacional de empleados publicos. y periodistas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25437 / 7171477.

Texto oficial

Artículo transitorio. Los abogados tendrán el plazo de seis meses para cumplir la obligación que les impone la ley.